ARÇ COOPERATIVA desarrollamos nuestra actividad de distribución de seguros de acuerdo con la Ley de distribución de seguros y reaseguros privados y en aplicación del Real Decreto Ley 3/2020, hacemos público el contenido de nuestra política de transparencia.

  • Nuestra denominación social es: ARÇ CORREDORIA D’ASSEGURANCES, SCCL
  • Nuestro nombre comercial: ARÇ COOPERATIVA
  • Nuestro CIF es: F58302001
  • Nuestro domicilio social se encuentra en: C/ Casp 43 – 08010 Barcelona
  • Nuestro código de registro en la Dirección General de seguros y Fondos de Pensiones: J2670
  • Estamos inscritas al Registro Territorial de Cooperativas de Barcelona: BN-2171

Para ponerte en contacto con nosotras, puedes utilizar los siguientes canales:

¿Qué criterios utilizamos para elegir y comparar los productos de las compañías aseguradoras y mutualidades?

Las corredurías de seguros somos las organizaciones tituladas y facultadas para asesorarte desde la más estricta independencia e imparcialidad respecto de las entidades aseguradoras. Es por este motivo que el asesoramiento que sometemos a tu consideración se basa en un análisis objetivo de los contratos de seguro ofrecidos por un número suficiente de entidades aseguradoras que operan en el mercado con el objeto de encontrar la opción de cobertura más ajustada a tus requerimientos y necesidades.

Es por ello por lo que negociamos acuerdos de distribución con las entidades aseguradoras, generalistas y especialistas, que son capaces de ofrecer los mejores productos aseguradores.

Además de nuestra experiencia y conocimiento del sector, los criterios que tenemos en cuenta para elegir a las entidades aseguradoras con las que establecer relaciones mercantiles, con el objeto de proceder a la colocación de los riegos, se basan en las siguientes premisas:

  • Analizamos la solvencia de la entidad sobre la que se pretende distribuir sus productos y que posean autorización administrativa de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  • Valoramos el impacto social y ambiental de las compañías aseguradoras a través de sus memorias de responsabilidad social y, si fuera el caso, de certificaciones públicas. En este sentido, priorizamos la oferta de aquellas compañías aseguradoras que actúan de acuerdo con criterios de sostenibilidad, solidaridad y justicia social. Nuestro compromiso con el fomento de las finanzas éticas nos lleva a la promoción activa de los productos y compañías certificadas con el sello EthSI (Ethical and Solidarity Based Insurance) de seguro éticamente orientado.
  • Examinamos los condicionados de las pólizas de aquellos ramos de seguro que sean de interés para nuestras clientas, revisando las coberturas, exclusiones, franquicias, precios y restantes condiciones, además de valorar aspectos como el servicio, la atención y la gestión en caso de siniestro.

Entidades aseguradoras sobre las que ofrecemos productos y nuestra relación contractual con la entidad distribuidora

De acuerdo con la normativa de distribución de seguros, pactamos las mejores condiciones para la distribución de productos con las compañías aseguradoras sin que estos contratos puedan en ningún caso afectar a nuestra independencia como asesoras, ya que como correduría realizamos nuestra labor a favor de las personas usuarias de nuestros servicios y no de las entidades aseguradoras.

Derivados de estos acuerdos mercantiles, ponemos a tu disposición los productos aseguradores de las siguientes entidades.

Entidades certificadas con el sello EthSI:
  • GACM Seguros 
  • MútuaCat, MPS
  • Previsora General, MPS 
  • Reale Seguros 
  • Seguros Lagun Aro y Seguros Lagun Aro Vida 
Entidades no certificadas:
  • Plus Ultra Seguros 
  • MGS Seguros 
  • Allianz 
  • Liberty Seguros 
  • FIATC Seguros 
  • Generali Seguros 
  • CASER 
  • Markel International 
  • MAPFRE 
  • Berkley España 
  • CHUBB European Group 
  • ASEFA 
  • Hiscox Europe 
  • ARAG 
  • Europ Assistance 
  • MUSSAP 
  • ERGO 

¿Qué coste tiene el servicio que proporcionamos?

El servicio de distribución no tiene ningún coste añadido para la persona tomadora del seguro. Tal y como marca la normativa que regula nuestra actividad, la remuneración que percibimos tiene la forma de comisiones que nos abona la entidad aseguradora.

En algunos casos, por complejidad del producto o como pasa en la venta de productos de inversión basados en seguros, se podría pactar con la clienta el cobro de honorarios por escrito. Informaremos previamente del importe o de la manera de calcular este honorario, expidiendo una factura independiente del recibo de la prima.

¿El precio del seguro que figura al final de proceso está o no garantizado?

A través de nuestro proceso de mutitarificación, obtendrás de forma rápida y sencilla los precios y las comparativas de las opciones que ofrecemos. Según cada compañía, advertiremos si el precio final es garantizado o si puede variar en función del riesgo y las coberturas. Pero siempre sabrás el precio final a la hora de contratar.

Para la contratación a distancia por otros medios, te informaremos siempre del precio final de la prima del seguro.

Seguros contratados a distancia (sean de vida o no)

Se reconoce a las personas tomadoras el derecho a desistir del contrato sin indicación de los motivos y sin tipo de penalización siempre que:

  • NO se trate de un contrato en el que la persona tomadora asuma el riesgo de la inversión o en el que la rentabilidad garantizada esté en función de las inversiones asignadas al contrato.
  • NO se trate de seguros de viaje o equipaje de duración inferior a un mes.
  • NO se trate de seguros de duración inferior al plazo previsto para desistir.
  • NO se trate de seguros obligatorios para la persona tomadora.
  • NO se trate de planes de previsión asegurados (contratos de seguro de vida con un funcionamiento y una finalidad idénticos que los planes de pensiones).

La voluntad de desistir se tiene que enviar a la entidad aseguradora, en papel o en otro soporte duradero, en un plazo de 14 días (seguros no vida) o 30 días (seguros de vida), a contar desde que se notifique a la persona tomadora que el contrato se ha celebrado o desde la recepción de la información contractual si esta recepción fuese posterior.

En caso de quejas y reclamaciones

Podrás contactar con nuestro servicio de Defensa de la persona asegurada a través del apartado contacto de nuestra página web. Tu reclamación se resolverá, en todo caso, en el plazo máximo de dos meses.

​Si la resolución no satisface tus intereses o no recibieras contestación en este plazo, puedes dirigirte al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones 

    • En soporte papel, dirigiendo el escrito al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, situado en la Calle Miguel Ángel, 21 28010 Madrid (Sede provisional).
    • Por vía telemática con firma electrónica, a través de la página web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Esta política de transparencia será revisada anualmente y modificada si se produce algún cambio.

Febrero 2020